Alto. Pileta. Cancha de tenis. Sauna. Gimnasio.
Vigilancia.
Cochera fija.
Decorado.
Tercer dormitorio abierto al living. Cocina lavadero.
Muy bueno.
Sin accesibilidad para personas con movilidad reducida.
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Art. 4 Ley 5859: “Para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo contrato. Se encuentra prohibido cobrar a los inquilinos que sean personas físicas comisiones inmobiliarias y gastos de gestoría de informes”.