DESCRIPCIÓN
<p> Magnífico edificio. óptimo departamento. <br>Palier privado. Hall. Enorme living y comedor y escritorio a balcón aterrazado. <br>4/5 dormitorios. 3 baños, 2 en suite. <br>Comedor diario. Lavadero. 2 dependencias. <br>Cocina office. Cuarto de planchado.<br>Cochera fija.<br>Vigilancia 24 hs.<br>Baulera</p><p><span style="font-weight: bold;">DISPONIBLE A PARTIR DE DICIEMBRE 2023</span><br><br>Sin accesibilidad para personas con movilidad reducida. <br>--------------------------<br>Art. 4 Ley 5859: Para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo contrato. Se encuentra prohibido cobrar a los inquilinos que sean personas físicas comisiones inmobiliarias y gastos de gestoría de informes.
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Sin accesibilidad para personas con movilidad reducida.
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Art. 4 Ley 5859: “Para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo contrato. Se encuentra prohibido cobrar a los inquilinos que sean personas físicas comisiones inmobiliarias y gastos de gestoría de informes”.